
Plenario Legislativo aprueba reforma reglamentaria para tramitar denuncias por violencia política contra las mujeres
El Plenario Legislativo de Costa Rica aprobó de forma unánime una reforma al Reglamento de la Asamblea Legislativa orientada a regular el procedimiento aplicable a las denuncias por violencia política contra las mujeres. La disposición incorpora una vía administrativa formal dentro del marco institucional parlamentario para el conocimiento, investigación y resolución de estos casos en consonancia con la normativa nacional vigente en la materia.
El texto aprobado establece la integración de una comisión especial con participación de todas las fracciones legislativas, la cual asumirá la instrucción de las denuncias, el análisis de los elementos probatorios y la elaboración de un informe de conclusiones técnicas. De igual forma, el órgano investigador contará con facultades para ordenar medidas cautelares durante la tramitación del expediente, con el fin de resguardar el ejercicio del cargo de las partes involucradas a lo largo del proceso.
La resolución definitiva de los procedimientos corresponderá al Plenario, instancia competente para determinar la aplicación de una sanción consistente en una amonestación ética pública en los casos en que se acredite la responsabilidad del diputado o diputada investigada. El esquema procesal incorpora garantías referidas al derecho de defensa, acceso al expediente y reglas de confidencialidad, al tiempo que dispone la publicidad de las sanciones en firme con las medidas correspondientes para la protección de la identidad de las personas afectadas.
Comisión de Seguridad y Narcotráfico dictamina afirmativamente proyecto sobre reincidencia delictiva
La Comisión Permanente Especial de Seguridad y Narcotráfico de la Asamblea Legislativa de Costa Rica aprobó un dictamen afirmativo para el expediente N.º 25.616, correspondiente a la denominada Ley de mano firme ante la reincidencia delictiva. La iniciativa plantea modificaciones al Código Penal y al Código Procesal Penal con el propósito de regular el régimen de sanciones y establecer limitaciones al otorgamiento de beneficios penitenciarios a personas declaradas reincidentes o delincuentes habituales.
El articulado contempla el incremento en las escalas de penas para quienes cometan nuevos hechos delictivos tras contar con condenas previas en firme, a la vez que restringe figuras como la sustitución, suspensión condicional o reducción de la condena en supuestos de delitos graves, tales como homicidio calificado, femicidio, trata de personas, secuestro extorsivo, infracciones a la ley de estupefacientes y delincuencia organizada. Asimismo, la propuesta ajusta los presupuestos procesales para la fijación de la prisión preventiva, facultando la valoración judicial de los antecedentes penales de las personas encausadas.
La iniciativa incorpora además la creación del Registro Nacional de Reincidencia bajo la rectoría del Ministerio de Justicia y Paz, plataforma destinada a consolidar el historial de sentencias firmes para la gestión de los procesos penales. En la votación desarrollada en el foro legislativo, el expediente recibió los votos a favor de la bancada oficialista y los votos en contra de fracciones de oposición, cuyos legisladores formularon reservas relativas al alcance práctico de las reformas en el combate a las estructuras criminales.
Colegio de Microbiólogos respalda reforma a la Ley Nacional de Sangre en Comisión de Asuntos Sociales
El Colegio de Microbiólogos y Químicos Clínicos de Costa Rica manifestó su respaldo al expediente N.º 25.653, propuesta orientada a reformar el artículo 11 de la Ley Nacional de Sangre. La iniciativa legislativa establece pautas de coordinación interinstitucional y define los procedimientos para el traslado y la transferencia de hemocomponentes, tales como plasma y plaquetas, entre los diferentes prestadores del sistema de salud nacional.
Durante la etapa de consultas en la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa, se analizó el funcionamiento operativo del Banco Nacional de Sangre como dependencia adscrita a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). Al respecto, se expuso que, debido a que la entidad pública administra los inventarios destinados a la red hospitalaria estatal, los centros médicos del sector privado suplen sus requerimientos mediante acuerdos y convenios propios. En este marco, la reforma persigue regular los intercambios entre ambos subsistemas para que la colaboración no comprometa las reservas estratégicas asignadas a la atención de los centros públicos.
La propuesta legislativa plantea mecanismos de articulación para resguardar la disponibilidad de hemoderivados en situaciones de contingencia. El texto fija las condiciones técnicas bajo las cuales los establecimientos de salud privados podrán acceder a préstamos o transferencias temporales por parte de los bancos públicos, supeditando dichas operaciones a la disponibilidad efectiva de existencias, a la vez que dispone la obligatoriedad de que los servicios privados mantengan sus programas internos de captación de donantes voluntarios.
