Plenario Legislativo aprueba proyecto de ley para modificar el cálculo del canon por el uso del espectro radioeléctrico
El Plenario Legislativo de Costa Rica aprobó el expediente N.º 24.461, el cual introduce modificaciones a la regulación del canon que abonan las empresas de radiodifusión televisiva y sonora por la explotación del espectro radioeléctrico. La normativa sustituye el esquema de cobro basado en la potencia técnica de las estaciones para establecer un modelo de cálculo determinado a partir de los ingresos brutos generados por el uso de las frecuencias concesionadas.
El marco legal fija topes tarifarios por modalidad de servicio, con un máximo del 7,73% para la radiodifusión televisiva y del 3,13% para la radiodifusión sonora. La estructura del cobro no aplica la tasa sobre la totalidad de las ventas brutas de las operadoras, sino sobre el último tramo contable, mediante un esquema segmentado por tramos de ingreso.
Para la ejecución del canon, las empresas concesionarias deberán realizar el pago de forma anual y presentar una declaración jurada ante la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda. El periodo fiscal abarcará el año calendario y la cancelación del monto asignado se fraccionará en cuatro cuotas durante el ejercicio fiscal, requerimiento que contempla la separación contable de los ingresos vinculados directamente con la utilización de las frecuencias.
