Asamblea Legislativa tramita proyecto de ley para reformar el Código Penal en materia de asociaciones ilícitas
La Asamblea Legislativa de Costa Rica analiza una propuesta de reforma integral al artículo 281 del Código Penal, orientada a la modificación del marco jurídico aplicable a las agrupaciones delictivas. El texto define legalmente la asociación ilícita como la unión concertada y coordinada de dos o más personas organizadas mediante la distribución de funciones específicas para la comisión de hechos delictivos. La iniciativa técnica plantea dotar a las autoridades judiciales de criterios específicos para la tipificación y el procesamiento de estas estructuras.
La normativa propuesta introduce un esquema de sanciones escalonadas para las personas que integren estas agrupaciones, de forma independiente a las penas asignadas por los delitos individuales que se ejecuten. La participación en la estructura delictiva conlleva una pena base de prisión, la cual se incrementa según la naturaleza y la gravedad del hecho, con escalas superiores para casos vinculados a crimen organizado, secuestro, trata de personas, tráfico de armas o tráfico de órganos. El planteamiento legal establece estas variaciones en función del nivel de complejidad operativa de las bandas.
Asimismo, el proyecto de ley incorpora agravantes específicas para conductas asociadas a la evasión de los controles de justicia. Entre los supuestos que elevan las sanciones se encuentran la utilización de tecnología avanzada de comunicación o transporte para eludir la fiscalización policial, el reclutamiento de terceras personas y la intervención de funcionarios públicos en ejercicio o que hayan desempeñado cargos estatales en los últimos cinco años. Para las organizaciones relacionadas con actividades de terrorismo o narcotráfico, el texto estipula los rangos de condena de mayor extensión contemplados en la reforma.